Los cócteles forman parte de las celebraciones del día del amor y la amistad, siendo las bebidas más consumidas por los peruanos; por ello el Instituto Nacional de Calidad (Inacal), indicó que aprobó una nueva Norma Técnica Peruana que establece los requisitos de calidad de estas bebidas alcohólicas.
Esta norma aplica para las bebidas de producción nacional e importada que se comercializan en el país.
“Desde el Inacal buscamos que los productores apliquen buenas prácticas y controles de calidad en los procesos de producción y elaboración de los cócteles para conservar las características principales, como son su sabor, aroma y color, con el objetivo de elevar los estándares de seguridad del producto”, indicó Clara Gálvez, presidenta ejecutiva del Inacal.
“Además, que los consumidores verifiquen el registro sanitario, fecha de vencimiento e ingredientes que no sean perjudiciales para su salud”, agregó.
Norma técnica
La norma “NTP 110.001:2023. BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Cocteles. Requisitos”, es aplicable a todas las actividades productivas y/o comerciales que elaboran bebidas alcohólicas mixtas, cócteles y los aperitivos.
Recomendaciones de calidad para el consumidor:
1) Los cócteles deben conservar una apariencia homogénea, antes y durante su consumo.
2) Al agitar la bebida verificar que los componentes recuperen fácilmente su uniformidad y apariencia.
3) Revisar que todos los ingredientes (incluidos los aditivos) estén consignados en la etiqueta de los cócteles, bebidas alcohólicas preparadas, y licores o cremas, ya que algunos aditivos pueden causar hipersensibilidad, intolerancia o alergias.
4) Tener en cuenta que los saborizantes, aromatizantes y enzimas podrán figurar en la etiqueta de manera genérica.
5) Los cócteles o bebidas alcohólicas preparadas con un contenido de alcohol menor al 10% vol; así como las que son elaboradas con leche de origen animal, huevo o cualquier otro ingrediente que vuelva al producto perecedero, deben colocar la fecha de vencimiento en un lugar visible de la etiqueta o del envase.
Recomendaciones de calidad para el productor:
a) Los cócteles deben tener una apariencia uniforme que luego de agitarse deben recuperar fácilmente su homogeneidad sin perder sus características sensoriales y fisicoquímicas.
b) Podrán adicionar espesantes, conservantes, emulsificantes, colorantes, edulcorantes y aditivos alimentarios autorizados en la concentración permitida por la legislación vigente y la norma CODEX CXS 192-1995.
c) El agua utilizada para hidratación debe ser potable y sometida a un proceso de tratamiento adecuado.
d) Deben garantizar la inocuidad, estabilidad física y química de esta bebida y declarar cualquier condición especial que se requiera para su conservación, si de ello dependiera la validez de la fecha de vencimiento.
e) Emplear envases y cierres adecuados, con las siguientes características: inertes, limpios y que no impartan olores o sabores extraños, ni sustancias nocivas que afecten la salud del consumidor.
f) Los cierres del envase deberán ser herméticos para asegurar la integridad del producto.
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(FIN) NDP / MDV
Publicado: 13/2/2023